1.HISTORIA DE LA CONSTITUCIÓN
•La Constitución Política de la Monarquía Española, más conocida como Constitución española de 1812 o constitución de Cadiz conocida popularmente como la Pepa fue promulgada por las cortes generales españolas reunidas extraordinariamente en Cádiz el 19 de marzo de 1812. Se le ha otorgado una gran importancia histórica por tratarse de la primera Constitución promulgada en España , además de ser una de las más liberales de su tiempo.
•La Constitución de 1812 se publicó hasta tres veces en España 1812, 1820 y 1836, se convirtió en el hito democrático en la primera mitad el siglo XIX, transcendió a varias constituciones europeas e impactó en los orígenes constitucionales y parlamentarios de la mayor parte de los estados americanos durante y tras su independencia. La Constitución de Cádiz de 1812 provocó limitar el poder de la monarquía, la abolición del feudalismo, la igualdad entre peninsulares y americanos y finalizó la inquisición.
•La mayor parte de las investigaciones dedicadas a su estudio omiten o minusvaloran la influencia que la revolución liberal y burguesa española tuvo al transformar el imperio colonial español en provincias de un nuevo Estado, y convertir en nuevos ciudadanos a los antiguos súbditos del absolutismo, y que incluía en su definición de ciudadanos españoles no solo a los europeos, o sus descendientes americanos, sino también a las castas y a los indígenas de los territorios de América, lo que se tradujo, en tercer lugar, en su trascendencia para las nacientes legislaciones americanas.
•Las Cortes abrieron sus puertas el 24 de septiembre de 1810 en el teatro de la Isla de León para, posteriormente, trasladarse al oratorio de San Felipe Neri, en la ciudad de Cádiz. Allí se reunían los diputados electos por el decreto de febrero de 1810, que había convocado elecciones tanto en la Península como en los territorios americanos y asiáticos. A estos se les unieron los suplentes elegidos en el mismo Cádiz para cubrir la representación de aquellas provincias de la monarquía ocupadas por las tropas francesas o por los movimientos insurgentes americanos. Las Cortes, por tanto, estuvieron compuestas por algo más de trescientos diputados, de los cuales cerca de sesenta fueron americanos .Sus principios eran la soberanía nacional , la igualdad ante la ley y la defensa de la propiedad privada .
2. CARACTERÍSTICAS DE LA CONSTITUCIÓN
a) Esta constitución se llama “La Pepa” porque se firmó en 19 de marzo, día de San José.
b) Fue la primera constitución liberal del país.
c) Los diputados liberales como Agustín Arguelles, Diego Muñoz Torrero y Péres de Castro son las personas más destacadas en su elaboración.
d) Hace hincapié en el tema de igualdad de los españoles de ambos hemisferios (según la constitución España estaba dividida en dos hemisferios), en el reparto de poderes ejecutivos casi siempre recaía en el monarca.
e) Esta constitución pasó a la historia porque ha dedicado un título único a la educación.
f) La obra de las Cortes de Cádiz combinó las tendencias constitucionales netamente españolas y la afrancesada.
3.COMPARACIÓN ENTRE LA CONSTITUCIÓN DE 1812 Y LA CONSTITUCIÓN ACTUAL
SUCESIÓN AL TRONO:
1812
En la de 1812 se dice que el heredero será el primogénito, sea varón o mujer, constrastando curiosamente por su modernidad si la comparamos con la actual en la que el heredero no es el primogénito (Infanta Elena) sino el varón (Príncipe Felipe).
1978
1978
La Constitución de 1978, tras declarar que «la Corona de España es hereditaria en los sucesores de Juan Carlos I de Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica», establece en su artículo 57 (apartado 1) que la sucesión seguirá «el orden regular de primogenitura y representación, siendo preferida siempre la línea anterior a las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo al más remoto; en el mismo grado, el varón a la mujer, y en el mismo sexo, la persona de más edad a la de menos».
EN EDUCACIÓN:
1812
La “Pepa” pasará a la historia por ser la única constitución española que ha dedicado un Título exclusivamente a la educación, tal es la importancia que se le dió al tema educativo. Para los liberales gaditanos la educación aparece, pues, no sólo como factor de progreso sino también como elemento básico
del nuevo régimen político que nace.
1978
En su artículo 27 todos tienen el derecho a la educación y se reconoce la libertad de enseñanza. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.
Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.
Además la enseñanza básica es obligatoria y gratuita.
La “Pepa” pasará a la historia por ser la única constitución española que ha dedicado un Título exclusivamente a la educación, tal es la importancia que se le dió al tema educativo. Para los liberales gaditanos la educación aparece, pues, no sólo como factor de progreso sino también como elemento básico
del nuevo régimen político que nace.
1978
En su artículo 27 todos tienen el derecho a la educación y se reconoce la libertad de enseñanza. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.
Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.
Además la enseñanza básica es obligatoria y gratuita.
CONSTITUCIONES ESPAÑOLAS
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DERECHOS FUNDAMENTALES
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DIVISIÓN DE PODERES
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SUFRAGIO
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FORMA DE GOBIERNO
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CONST. 1812
NACIONAL
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SE CONSAGRA EL PRINCIPIO DE DIVISIÓN DE PODERES: EJECUTIVO, LEGISLATIVO Y JUDICIAL.
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ACTIVO:
SUFRAGIO UNIVERSAL MASCULINO
PASIVO:
CENSITARIO
|
UNICAMERAL
|
MONARQUÍA
MODERADA Y HEREDITARIA
|
CONST. 1978
POPULAR
|
SE PROCLAMA
|
UNIVERSAL, LIBRE, IGUAL, DIRECTO Y SECRETO
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BICAMERAL:
CONGRESO Y SENADO
|
MONARQUÍA PARLAMENTARIA
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